- Formarán parte de este Sistema Preferencial los declarantes que cumplan dos requisitos: que pertenezcan al Régimen Simplificado de IVA y que sus ingresos brutos de la vigencia a declarar y su año inmediatamente anterior no superen las 827 UVT.
La Secretaría de Hacienda de Manizales recuerda a los contribuyentes de Industria y Comercio que a partir del (1) primero de enero del 2023 entrará en vigencia el Sistema Preferencial, norman con la que los contribuyentes no tendrán que presentar declaraciones o pagar por la elaboración de las mismas; tampoco recibirán sanciones por extemporaneidad o corrección.
Requisitos
Los contribuyentes que cumplan con los requisitos, serán clasificados AUTOMÁTICAMENTE en el Sistema Preferencial. Sin embargo, tienen la potestad de solicitar a la Administración Municipal su retiro del mismo. Dichos requisitos son:
- Pertenecer al Régimen Simplificado de IVA
- Los ingresos brutos de la vigencia a declarar y su año inmediatamente anterior no pueden superar las 827 UVT, lo que equivale a $31.429.308 en el 2022 y $30.026.716 en el 2021.
¿Cuánto debe pagar?
Teniendo en cuenta que ene el 2022 la UVT equivale a $38.004, el contribuyente deberá pagar dependiendo del monto de sus ingresos brutos del período gravable 2022, así:
Hasta $ 15.695.652Hasta 413 UVT | Pagará $ 114.012Paga 3 UVT |
Mayor a $15.695.652 y hasta $ 24.056.532Mayor a 413 y hasta 633 UVT | Pagará $ 171.018Paga 4,5 UVT |
Mayor a $ 24.056.532 y hasta $31.429.308 Mayor a 633 UVT y hasta 827 UVT | Pagará $ 285.030Paga 7,5 UVT |
¿Cómo paga el contribuyente?
La Alcaldía de Manizales le expedirá a los contribuyentes la factura anualmente, a partir del año 2023, cobrándole el año gravable.
¿Cómo se determinan los ingresos para calcular el impuesto?
Se presumirá que para la vigencia a liquidar (2022) los ingresos brutos corresponden a los determinados en la declaración o factura del año anterior (2021), incrementados en el porcentaje del aumento de UVT para la respectiva vigencia.
El contribuyente deberá informar los cambios en los ingresos brutos durante el año a liquidar que implique la categorización en otro rango o en otro sistema.
Por otra parte, las retenciones que le fueron aplicadas durante el primer año objeto de facturación le serán descontadas del impuesto facturado.
¿Qué contendrá la factura y su forma de liquidación?
En la factura, el contribuyente evidenciará su información personal, la base gravable, la tarifa y la liquidación del impuesto, la cual se entenderá NOTIFICADA con la publicación en la página web de la Alcaldía de Manizales, a través de https://manizales.gov.co/
Por otra parte, si el contribuyente no está de acuerdo con la factura podrá interponer un Recurso de Reconsideración dentro de los 2 meses siguientes a su notificación.
- Dato de interés:
- Quienes inicien actividades o declaren por primera vez NO podrán pertenecer al Sistema Preferencial y deben presentar la declaración. No obstante, podrán solicitar a la Alcaldía de Manizales su inclusión.
- Quienes cesen sus actividades deberán presentar las declaraciones de los años no facturados.
- Este sistema se estableció en el Estatuto de Rentas (Acuerdo 1083 de 2021, Art 52 y 53). Puede descargar a través de https://drive.google.com/file/d/1meT9Kffjd315eiOl4vIbJFyalVyo1CW8/view
- Descargue aquí el instructivo del Sistema Preferencial: