- Propietarios y desarrolladores: subdividir predios en suelo rural sin cumplir con las normas del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y, sin la licencia correspondiente, puede resultar en severas sanciones urbanísticas.
- Para subdividir terrenos se debe obtener una licencia de subdivisión expedida por curaduría urbana.


Fotografías: panorámicas de zonas rurales de Manizales
La Secretaría de Planeación de Manizales emitió una advertencia importante para todos los propietarios y desarrolladores interesados en subdividir predios en suelo rural. Según las normas del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), es esencial cumplir con los requisitos establecidos para evitar infracciones urbanísticas y posibles sanciones.
Requisitos para la subdivisión de predios
Para subdividir un predio en suelo rural, es necesario cumplir con las normas del POT en cuanto a los lotes mínimos permitidos, según la clasificación rural del terreno. Además, se debe obtener una licencia de subdivisión expedida por el curador urbano. El incumplimiento de estas normas puede resultar en infracciones urbanísticas por parte del grupo de control urbanístico de la Secretaría del Interior.
Lotes mínimos permitidos
De acuerdo con la ficha normativa rural del POT, los lotes mínimos para subdivisión varían según la ubicación:
- Corregimientos La Cristalina, El Remanso, Panorama, Corredor Agroturístico y El Manantial: 1 hectárea (10,000 m²).
- Corregimiento Colombia: 2 hectáreas (20,000 m²).
- Rioblanco: 3 hectáreas (30,000 m²).
Clasificaciones en suelo rural
En el caso del suelo suburbano, como las parcelaciones para condominios de vivienda campestre, el lote mínimo para parcelar es de 2 hectáreas. Además, deben acoger densidades de 7 viviendas por hectárea. Para construcciones individuales en suelo suburbano, el lote mínimo es de 2,500 m².
Proceso de aprobación y sanciones
Cualquier subdivisión de predio o intervención constructiva en suelo rural requiere del estudio, trámite y aprobación por parte del curador urbano. La falta de los permisos correspondientes resultará en infracciones urbanísticas y sanciones por parte de la Secretaría del Interior.
Recomendaciones para propietarios y desarrolladores
Antes de realizar cualquier compra de predio o intervención en el mismo, se recomienda:
- Solicitar las determinantes ambientales ante Corpocaldas.
- Solicitar el concepto de norma urbanística ante el curador urbano para verificar las condiciones normativas del predio.
- Obtener la licencia urbanística correspondiente para subdivisiones, parcelaciones y construcciones, expedida por el curador urbano.
Cumplir con las normativas es crucial para evitar sanciones y promover un desarrollo ordenado y sostenible en las áreas rurales.