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Alcaldía de Manizales realiza vigilancia y control sobre las inmobiliarias que ofrecen arrendamiento de vivienda

  • La Secretaría del Interior recuerda las condiciones establecidas para el arrendamiento de vivienda urbana.
  • Se invita a los ciudadanos a seguir las recomendaciones antes de suscribir un contrato.

La Alcaldía de Manizales, a través de la Secretaría del Interior y la Inspección de Precios, Pesas y Medidas, realiza acciones de vigilancia y control sobre las personas naturales y jurídicas que se dedican al arrendamiento de vivienda urbana en la ciudad.

El control comprende exclusivamente los inmuebles destinados a vivienda urbana y se encuentra regulado por la Ley 820 de 2003 y el Decreto Reglamentario 51 de 2004. La normativa no aplica para el arrendamiento de locales comerciales, bodegas o parqueaderos.

El precio mensual del arrendamiento debe ser fijado por las partes en pesos colombianos y, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley 820 de 2003, no podrá exceder el 1 % del valor comercial del inmueble.

Para establecer dicho valor comercial, se debe contar con un avalúo comercial expedido por una persona autorizada o por la Lonja correspondiente. En caso de no existir este avalúo, se debe tener en cuenta el valor establecido en el avalúo predial.

Por lo anterior, se recuerda que el valor comercial de un inmueble no puede ser determinado de manera arbitraria.

La Alcaldía de Manizales invita a los ciudadanos que tengan previsto contratar servicios de arrendamiento a verificar previamente que la inmobiliaria cuente con matrícula de arrendador.

Asimismo, recomienda:

  • Leer detenidamente el contrato de arrendamiento antes de firmarlo.
  • Preguntar sobre cualquier cláusula o condición que no sea de fácil comprensión.
  • Solicitar la modificación de aquellas cláusulas que puedan ser contrarias a la normativa vigente.
  • Verificar las condiciones económicas del contrato y el valor del canon de arrendamiento.
  • Conservar copia del contrato y de los documentos relacionados con la operación.

Por otra parte, se recuerda a los ciudadanos que no se podrán exigir depósitos en dinero ni la firma de pagarés o letras de cambio para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden al arrendatario.

Por ello, se recomienda a los ciudadanos revisar cuidadosamente las condiciones que propone la inmobiliaria y solicitar aclaraciones antes de suscribir cualquier documento.

La Alcaldía de Manizales dispone de la línea de atención (606) 893 1378 para recibir denuncias relacionadas con estas situaciones.

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