- La Secretaría de Gobierno de Manizales y la Policía Metropolitana en coordinación con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar adelantan operativos semanales para rescatar a menores que ejercen actividades laborales.
La Secretaría de Gobierno no descansa en su lucha en favor de la niñez de la capital de Caldas y prueba de ello son los operativos que buscan erradicar el trabajo infantil, los cuales se vienen desarrollado de manera periódica en distintos puntos de la ciudad.
Fue así como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) esta semana abrió Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos a 11 menores que estaban ejerciendo trabajo infantil en el centro histórico de Manizales.
“La Secretaría de Gobierno ha liderado los operativos en contra de las peores formas de trabajo infantil en compañía de la Policía de Infancia y Adolescencia y el ICBF, donde desafortunadamente se han descubierto que adultos mayores instrumentalizan a menores para ejercer trabajos no permitidos por la ley”, dijo Mauro Ruiz Gutiérrez, funcionario de la Secretaría de Gobierno de Manizales.
La ley 1098 de 2006 establece una protección especial para los menores y establece un proceso de restablecimiento que puede tener diferentes consecuencias a los padres de familia:
- Amonestación con asistencia obligatoria a curso pedagógico: Dirigida a los padres o responsables de los niños, obligándolos a asistir a cursos sobre derechos de la niñez y la adolescencia.
- Ubicación en medio familiar de origen o familia extensa: ubicación del niño o adolescente con sus padres o parientes que cumplan con los requisitos que garanticen el ejercicio de los derechos. Cuando esto no sea posible el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
- Ubicación en centro de emergencia
- Adopción
- Algunas acciones policivas, administrativas y judiciales
Peores formas de trabajo infantil
Las peores formas de trabajo infantil, de acuerdo con el Convenio N° 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se refiere a la explotación de niños, niñas y adolescentes por parte de adultos, en actividades económicas que ocasionan daño a su desarrollo físico, psicológico y moral.
Entre estas actividades más destacadas se encuentran:
- Todas las formas de esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud como la venta y la trata de niños(as), el trabajo forzoso u obligatorio.
- La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños o niñas para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas.
- La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños(as) para la realización de actividades ilícitas.
- El trabajo que por su naturaleza o las condiciones en que se lleva a cabo podría dañar la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.
Dato de interés:
- En Colombia por artículo 6 de la Resolución 1796 de 2018 del Ministerio del Trabajo se explica que todos los trabajos peligrosos y con riesgos físicos, mentales y químicos no deben realizarse por menores de edad en Colombia y es por esto que desde la Secretaría de Gobierno se realizan operativos constantes para verificar que se cumpla con los estipulado por la OIT y el Ministerio del Trabajo.