- Los establecimientos comerciales deben cumplir con las disposiciones legales relacionadas con la información pública de precios.
- Todo establecimiento de comercio debe informar de manera visible, clara y accesible los precios de los productos y servicios que ofrece.

La Alcaldía de Manizales, a través de la Secretaría del Interior, recuerda a los propietarios de establecimientos de comercio, en especial de cafeterías, restaurantes y bares, su deber de cumplir con las disposiciones legales relacionadas con la información pública de precios y la protección de los derechos de los consumidores.
Las acciones hacen parte de la estrategia institucional orientada a fortalecer la transparencia comercial, mejorar la experiencia del cliente y consolidar relaciones de confianza entre comerciantes y ciudadanía.
Todo establecimiento de comercio debe informar de manera visible, clara y accesible los precios de los productos y servicios que ofrece. Para ello, es obligatorio contar con:
- Listas de precios físicas o cartas impresas, visibles para el consumidor.
- Precios expresados en pesos colombianos.
- Información comprensible, sin ambigüedades, ni convenciones que puedan inducir a error.
- El uso de códigos QR es permitido únicamente como complemento informativo y no reemplaza la carta física.
Con el fin de garantizar transparencia y evitar confusiones, está prohibido:
- Utilizar expresiones como “20K” o símbolos distintos al peso colombiano para indicar precios.
- Anunciar valores “según tamaño”, “según peso” u otros términos ambiguos sin especificación clara.
- Emplear idiomas diferentes al español para informar precios.
- Usar símbolos, abreviaturas o convenciones sin explicación explícita.
Los establecimientos deben evitar cualquier acción que pueda inducir a error al consumidor.
El comercio está en la obligación de entregar el cambio exacto al consumidor. En caso de no contar con las denominaciones necesarias, el valor devuelto deberá ser igual o superior, nunca inferior, garantizando siempre el beneficio del cliente.
La propina es un reconocimiento voluntario por parte del consumidor. En este sentido:
- Puede ser sugerida, sin superar el 10 % del valor de la cuenta.
- El cliente puede aceptarla, modificarla o rechazarla, incluso después de facturar.
- Si no se consulta previamente, el consumidor puede decidir no pagarla.
- Los establecimientos deben informar esta condición tanto en la carta como en un aviso visible en la entrada.
Desde la Alcaldía de Manizales y la Secretaría del Interior reiteran el compromiso con la defensa de los derechos de los consumidores. Así mismo, continuarán desarrollando acciones pedagógicas y de control para asegurar el cumplimiento de estas disposiciones en beneficio de la comunidad manizaleña.


