- 13 automotores no han pasado la revisión, por lo que han sido sancionados
- Los operativos se fortalecen para reducir emisiones contaminantes en el transporte público en Manizales.
Con el propósito de mejorar la calidad del aire en la capital de Caldas y asegurar un entorno saludable para los ciudadanos, la Secretaría de Movilidad, en coordinación con la Corporación Autónoma Regional de Caldas, Corpocaldas, intensifica sus esfuerzos para controlar las emisiones contaminantes de los vehículos de transporte público. A través de esta colaboración, ambas entidades buscan no sólo garantizar una movilidad segura, sino también aportar al medio ambiente, promoviendo prácticas de transporte sostenibles.
Como parte de esta estrategia, en septiembre de 2024 se realizaron ocho operativos de control de emisiones en fuentes móviles, inspeccionando un total de 211 vehículos de transporte público. En estas jornadas, se estableció que doce (12) de estos vehículos no cumplieron con los límites máximos permisibles de emisión de gases establecidos en la normativa vigente. A los conductores de estos vehículos se les impuso el respectivo comparendo por parte de la autoridad de tránsito y, en los casos de reincidencia, se procedió con la inmovilización del vehículo, conforme a las disposiciones aplicables.
En octubre de 2024, los esfuerzos continuaron con tres operativos adicionales, en los que se revisaron 58 vehículos. De estos, cinco (5) no aprobaron la medición de emisión de gases al encontrarse sus niveles por encima de los permitidos, por lo que también se les impuso el respectivo comparendo.
El secretario de Movilidad de Manizales, Juan Felipe Álvarez Casto.
Basadosen la Ley 769 de 2002, art 122 Parágrafo 1°. Ante la Comisión de Infracciones Ambientales se impondrán, por las autoridades de tránsito respectivas, las siguientes sanciones:
1. Multa equivalente a treinta (30) salarios mínimos legales diarios (smldv).
2. Suspensión de la licencia de conducción hasta por seis (6) meses, por la segunda vez, además de una multa igual a la prevista en el numeral 1, si el conductor fuere el propietario del vehículo.
3. Revocatoria o caducidad de la licencia de conducción por la tercera vez, además de una multa igual a la prevista en el numeral 1, si el conductor fuere propietario del vehículo.
4. Inmovilización del vehículo, la cual procederá sin perjuicio de la imposición de las otras sanciones.
El procedimiento
Cuando quiera que se infrinjan las prohibiciones, restricciones o regulaciones sobre emisiones contaminantes por vehículos automotores, se seguirá el siguiente procedimiento:
El agente de vigilancia del tráfico que detecte o advierta una infracción a las normas de emisión de contaminantes, entregará al presunto infractor una boleta de citación para que el vehículo sea presentado en un centro de diagnóstico para una inspección técnica en un término que no podrá exceder de quince (15) días. En la citación se indicará la modalidad de la presunta infracción que la ocasiona. Esto sin perjuicio de la vigencia del certificado de la obligatoria revisión técnico-mecánica y de gases.
Realizada la inspección técnica y determinada así la naturaleza de la infracción, el centro de diagnóstico donde aquella se hubiere practicado, entregará al presunto infractor copia del resultado del examen practicado al vehículo y remitirá el original a la autoridad de tránsito competente, para que, previa audiencia del interesado, se imponga la sanción que en cada caso proceda.
En caso de que el infractor citado no presentare el vehículo para la práctica de la visita de inspección en la fecha y hora señaladas, salvo causal comprobada de fuerza mayor o caso fortuito, las multas a que hubiere lugar se aumentarán hasta en el doble y el vehículo podrá ser inmovilizado por la autoridad de tránsito respectiva, hasta tanto el infractor garantice mediante caución la reparación del vehículo.
Practicada la inspección técnica, el infractor dispondrá de un término de quince (15) días para reparar el vehículo y corregir la falla que haya sido detectada en el centro de diagnóstico y deberá presentarlo, antes del vencimiento de este nuevo término, para la práctica de una nueva inspección con el fin de determinar que los defectos del vehículo, causantes de la infracción a las normas ambientales, han sido corregidos. Vencido el plazo y practicada la nueva revisión, si el vehículo no cumple las normas o es sorprendido en circulación en la vía pública, será inmovilizado.
Estos controles forman parte de un plan integral para reducir el impacto ambiental del transporte en Manizales y están alineados con los objetivos de bienestar para los manizaleños. La Secretaría de Movilidad y Corpocaldas mantendrán los operativos y sensibilizar a los conductores sobre la importancia de cumplir con los estándares ambientales, buscando una ciudad limpia y saludable.