- La Secretaría de Salud Pública de Manizales informa a la ciudadanía sobre las nuevas disposiciones impartidas por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante el Decreto 0182 de 2026, expedido el 25 de febrero de 2026.
- Esta normativa, que entra en vigencia a partir de su publicación, reglamenta la operación del aseguramiento en salud con un enfoque territorial y poblacional.
- El propósito es garantizar que la prestación de los servicios de salud se ajuste a las necesidades reales de cada municipio y fortalezca la capacidad de atención en los territorios.


Fotografías de referencia: fachadas y atención en EPS
Como resultado de la aplicación de estos mecanismos diferenciales, el Ministerio ha definido las Entidades Promotoras de Salud (EPS) que cumplen con las condiciones para operar en el municipio de Manizales.
En ese sentido, es fundamental que la comunidad conozca cuáles son las EPS autorizadas para garantizar la continuidad y calidad en la prestación de los servicios de salud bajo este nuevo esquema.
EPS autorizadas en el municipio de Manizales con corte al 27 de febrero de 2026.
Régimen Contributivo
•Nueva EPS
•Salud Total EPS
•EPS SURA
Régimen Subsidiado
•Nueva EPS
•Salud Total EPS
•EPS SURA
•Pijaos Salud EPSI
La Secretaría de Salud se encuentra a la espera del acto administrativo por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, mediante el cual se actualizará el listado de EPS autorizadas para operar en Manizales y se conocerán los lineamientos relacionados con los traslados de los afiliados pertenecientes a las EPS que se retiran de la ciudad.
¿Qué pasa si mi EPS no fue autorizada?
Si usted es afiliado a una EPS que no fue autorizada para operar en Manizales, como Famisanar o Sanitas, el proceso se realizará de la siguiente manera y garantizando la continuidad del servicio:
1. Asignación de nueva EPS
El Ministerio de Salud realizará el traslado de su afiliación a una de las EPS autorizadas en el municipio. Este proceso se efectuará de manera automática, por lo que los usuarios no deberán realizar trámites iniciales.
2. Continuidad del servicio
Durante el proceso de transición, su EPS actual tiene la obligación de seguir prestando los servicios de salud, incluyendo la entrega de medicamentos y la asignación de citas médicas, hasta que el traslado sea efectivo. No se pueden suspender servicios de urgencias ni tratamientos en curso.
3. Derecho a elegir
Una vez el Ministerio realice la asignación a una nueva EPS, el usuario podrá cambiarse a otra de las entidades autorizadas en el listado anterior si así lo desea, después de 60 días calendario.
Las entidades que no aparecen en el listado de EPS autorizadas para la jurisdicción de Manizales deberán cumplir con los procesos de transición establecidos por la ley, sin que esto afecte el acceso a servicios de urgencias ni tratamientos en curso.
La Secretaría de Salud Pública de Manizales continuará ejerciendo sus funciones de inspección, vigilancia y control, con el fin de garantizar que la implementación de este enfoque territorial contribuya a mejorar la calidad y oportunidad en la atención de todos los ciudadanos. Para resolver inquietudes adicionales, los ciudadanos pueden acercarse a las oficinas de Atención al Usuario de su respectiva EPS o dirigirse a la Oficina del Servicio de Atención a la Comunidad (SAC) de la Alcaldía de Manizales, ubicada en el pasaje comercial, local 6, donde recibirán orientación y acompañamiento sobre este proceso.


