- La Feria de Manizales es uno de los eventos más emblemáticos de la región, evento que congrega a miles de visitantes del país y del exterior.
- Este masivo flujo de personas aumenta significativamente la probabilidad de emergencias, tanto de origen individual como colectivo; por ello, es fundamental implementar estrategias efectivas que garanticen la protección de la salud y la vida de los asistentes.
Con el propósito de garantizar la adecuada prestación de los servicios de salud y responder oportunamente ante situaciones de urgencia o emergencia, con el mejor entendimiento y coordinación entre todos los actores del Sistema de Emergencias Médicas durante la Feria de Manizales 2025, de manera atenta se solicita atender las siguientes recomendaciones:
Instituciones prestadoras de servicios de salud:
Mantener activado su plan hospitalario de gestión de riesgo, especialmente en lo relacionado con:
- Actualización del panorama de riesgos.
- Actualización de la cadena de llamada según el Plan Hospitalario de Gestión del Riesgo (PHGR).
- Directorio de todos los colaboradores de la IPS (número de teléfono y direcciones donde se puedan ubicar las 24 horas del día).
- Verificar las condiciones de las áreas de expansión propuestas en el PHGR.
- Autonomía en agua, energía eléctrica, insumos, medicamentos, gases, kits quirúrgicos, entre otros.
- Verificar que la IPS garantice la disposición del transporte asistencial de pacientes (ambulancias) las 24 horas del día como lo exige la Resolución 3100 de 2019.
- Reportar diariamente la disponibilidad de camas hospitalarias y camillas en los servicios de urgencias a la línea 123, opción 2, tres veces al día, en los siguientes horarios: 8:00 am, 3:00 pm y 8:00 pm.
Los canales de reporte pueden ser a través de cualquiera de las siguientes opciones:
- Correo electrónico: teleasistenciamanizales@gmail.com_
- Las IPS en coordinación con las EAPB y el CRUE (Centro Regulador de Urgencias) departamental, deberán optimizar sus procesos de referencia y contrarreferencia para mejorar el giro cama y mantener disponibles el mayor número posible de camillas en los servicios de urgencias y camas de cuidado intermedio e intensivo y hospitalización en general.
- Se exhorta a las IPS a implementar estrategias que aseguren la disponibilidad de camillas y camas en los servicios (por ejemplo, hospitalización en casa en los casos que aplique), o su traslado a las áreas de expansión (de ser necesario), de tal manera que, en caso de emergencias, se cuente con capacidad instalada disponible para la atención oportuna a las novedades o contingencias que se presenten.
- Las IPS deben revisar y resocializar con su talento humano en salud el plan de contingencia en caso de emergencia, incluyendo las acciones para reforzar su capacidad instalada (física y de talento humano en salud), si la situación así lo amerita.
- Las IPS con servicios de urgencias habilitados deberán garantizar la prestación del servicio de salud en caso de urgencia o emergencia independiente del tipo de afiliación o el lugar de residencia del paciente.
- Para la referencia y contrarreferencia de pacientes, se reforzará la interacción entre el CRUE departamental y los operadores de la línea 123, opción 2 de Teleasistencia.
Grupos de socorro:
- Para efectos de referencia y contrarreferencia de pacientes, los grupos de socorro y tripulación de ambulancias, en caso de urgencias y emergencias en salud, y específicamente para la atención prehospitalaria de todas las víctimas de emergencias, deberán siempre actuar bajo las directrices del Sistema de Emergencias Médicas, a través de la Línea 123 opción 2 de Teleasistencia.
- Ningún grupo de Socorro de la ciudad podrá trasladar pacientes víctimas de urgencias o emergencias a IPS de la ciudad sin el previo conocimiento y directriz por parte de Teleasistencia, y la tripulación de la ambulancia siempre deberá informar en tiempo real a este operador todos los datos relacionados con todos los pacientes víctimas de emergencias para poder garantizar la trazabilidad de la atención.
- En caso de emergencia con número aumentado de pacientes, las directrices serán dadas desde el comité local de gestión del riesgo o desde la sala situacional de la Secretaria de Salud de Manizales, bien sea a través del alcalde de la ciudad, el Secretario de Salud Municipal, el Jefe de la unidad de Prestación de Servicios de la Secretaria de Salud o la Coordinación del Sistema de Emergencias Médicas y por la Directora de la Unidad de Gestión del riesgo del municipio.
Operaciones en comunicaciones:
Toda la información relacionada con la atención en salud de las víctimas de emergencias deberá ser suministrada de manera oportuna a la Línea 123, opción 2 de Teleasistencia de la Secretaría de Salud, bajo las condiciones arriba enunciadas por parte de todos los actores del Sistema de Emergencias Médicas (IPS públicas y privadas, grupos de socorro y primeros respondientes).
- El conocimiento de cualquier emergencia con pacientes por parte de cualquier actor del Sistema siempre deberá ser informado de inmediato al operador de la Línea 123 opción 2 de Teleasistencia de la Secretaría de Salud de Manizales.
- La UGR, según la magnitud del evento y el número de pacientes, en coordinación permanente con el operador de la Línea 123 de Teleasistencia de la Secretaría de Salud, podrá hacer llamado individual o general a los grupos de Socorro que operan en la ciudad para efectos del respectivo apoyo.
- Desde el sitio de la emergencia, el grupo de Socorro o cualquier actor del Sistema que se encuentre deberá informar de inmediato al PMU (si fue instaurado para ese caso) y a la línea 123 de Teleasistencia, el número de pacientes y el tipo presuntivo o confirmado de lesionados que se presentan.
- Una vez conocido el número de pacientes y el tipo de lesiones y teniendo información de disponibilidad de camas, la Línea 123 de Teleasistencia deberá direccionar la ubicación de los pacientes, en estrecha coordinación con el CRUE departamental.
Lesiones por pólvora:
- El período de vigilancia intensificada de los eventos de lesiones por pólvora pirotécnica e intoxicaciones por fósforo blanco y la intoxicación por licor adulterado con metanol, se inició a partir del 1 de diciembre de 2024 y hasta el 11 de enero de 2025.
- En caso de identificar sucesos de lesionados por pólvora, intoxicación por fósforo blanco o por metanol, se solicita informar inmediatamente a Vigilancia Epidemiológica de la Secretaría de Salud de Manizales, vía WhatsApp al 3013049210
- Para la notificación se solicita entregar información clara de los datos de identificación de la persona afectada como: nombre completo, número de documento de identificación, teléfono de contacto, EPS y servicio de urgencias donde fue traslada la persona afectada, esto para lograr hacer seguimiento efectivo a cada uno de los casos y al reporte obligatorio que deben hacer las IPS que los atienden.
- El contacto de Vigilancia Epidemiológica de la Secretaría de Salud de Manizales es la profesional Gloria Lucía Pava Miranda, teléfono 3013049210.
Recomendaciones consumo de alimentos:
Al momento de consumir alimentos y/o bebidas en eventos masivos o ventas en vía pública tenga en cuenta:
- Las condiciones de la venta estacionaria, relacionadas con la adecuada presentación del manipulador de alimentos, uso de tapabocas, delantal y gorro, sin accesorios.
- Las condiciones higiénicas del sitio y su entorno.
- Que los alimentos estén conservados adecuadamente y refrigerados si se requiere.
- Verifique que el alimento presente un olor y color adecuado y el sabor corresponda a la naturaleza de este.
- Observe que el alimento no presente descomposición o alteración en sus características.
- Revise que el alimento servido en material desechable sea de primer uso.
- En cuanto a las bebidas (agua, jugos, gaseosas) verifique su fecha de vencimiento y que se encuentren selladas.
- Las bebidas alcohólicas no deben presentar partículas al interior y el collarín que acompaña la tapa de la botella debe estar debidamente sellado.