- La Administración Municipal brinda acompañamiento técnico y jurídico al calendario poselectoral de las Juntas de Acción Comunal en el municipio.
- La Secretaría de Desarrollo Social recordó las fechas, los procesos de radicación y los pasos que deben seguir las juntas comunales, en aras de garantizar el cumplimiento de lo establecido en la Ley 2166 de 2021.

La Secretaría de Desarrollo Social de Manizales acompaña el calendario poselectoral de las Juntas de Acción Comunal, orientando a las comunidades, dignatarios y organismos comunales sobre los procesos, requisitos, documentos y fechas establecidas para avanzar en la legalización y reconocimiento de las organizaciones comunales elegidas en el municipio.
El acompañamiento se realiza en aras de garantizar que los procesos electorales desarrollados por las Juntas de Acción Comunal se encuentren ajustados a lo dispuesto en la Ley 2166 de 2021, así como a los principios de participación democrática, transparencia, autonomía comunal, legalidad y fortalecimiento de la organización social en los territorios.
Actualmente, el proceso avanza en la etapa de radicación y verificación documental, un paso fundamental para revisar el cumplimiento de los requisitos formales del proceso electoral, garantizar la correcta conformación de las juntas y fortalecer la participación ciudadana en barrios, comunas y corregimientos de Manizales. Desde la Administración Municipal se reiteró el llamado a los dignatarios y comunidades a cumplir oportunamente con cada fase establecida dentro del cronograma oficial.
Dentro del calendario poselectoral, la Secretaría recordó que hasta el próximo 19 de mayo habrá plazo para la radicación de los documentos relacionados con el proceso electoral, entre ellos actas, planchas, copias de cédulas y demás formatos requeridos. Posteriormente, hasta el 10 de junio, la Secretaría de Desarrollo Social expedirá la resolución de reconocimiento de las juntas que hayan cumplido satisfactoriamente con los requisitos establecidos.
Asimismo, se informa que el 15 de junio será la fecha máxima para notificar a los dignatarios elegidos, quienes deberán aceptar formalmente sus cargos mediante la respectiva firma de notificación. La posesión oficial de las juntas que culminen satisfactoriamente su proceso está programada para el próximo 1 de julio, fecha para la cual se anunciarán oportunamente el lugar y la hora.
La Secretaría de Desarrollo Social también explicó que las juntas que no lograron el quórum podrán repetir la asamblea dentro de los 15 días siguientes, con una asistencia mínima del 20%, conforme a las disposiciones aplicables al proceso comunal. Por su parte, aquellas organizaciones que no realizaron el proceso electoral por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito tendrán hasta dos meses para justificar dicha situación y adelantar nuevamente las elecciones.
Es de recordar que toda la documentación debe radicarse a través de la oficina de correspondencia de la Alcaldía de Manizales y que, en caso de presentarse errores de forma, estos podrán corregirse antes de avanzar en el proceso de reconocimiento. La Secretaría de Desarrollo Social continuará brindando orientación y acompañamiento a las comunidades, con el propósito de fortalecer la legalidad, la organización comunal y la participación ciudadana en el municipio.


