- La medida se extenderá hasta que el IDEAM declare el final de la temporada del fenómeno El Niño.
- El ministerio de Ambiente sugiere disponer los residuos de cosechas, utilizando métodos manuales o químicos.
El Gobierno nacional, mediante resolución 0358 del 21 de marzo de 2024, suspendió temporalmente en todo el territorio nacional las quemas abiertas controladas en áreas rurales, con el fin de evitar que se conviertan en emergencias de gran magnitud. Según la medida, restringe las quemas en la preparación del suelo en actividades agrícolas, el descapote del terreno en actividades mineras, la recolección de cosechas o disposición de rastrojos y aquellas actividades agrícolas para el control de heladas.
Por lo anterior, la secretaria de Medio Ambiente, Jessica Silvana Quiroz Hernández, les recuerda a los habitantes del territorio manizaleño esta restricción para cuidar de los entornos naturales: “La medida es debido a un aumento significativo en el número de áreas afectadas por incendios forestales en el país, ya que las condiciones climáticas favorecen la propagación de las llamas y la deshidratación de la vegetación. Es importante mencionar que es una medida transitoria, y que, según el Ministerio de Ambiente, se levantará cuando el IDEAM conceptúe mediante comunicación oficial que las condiciones climáticas especiales relacionadas con el Fenómeno de El Niño han cesado en todo el territorio nacional”.
La secretaria de Medio Ambiente, Jessica Silvana Quiroz Hernández
Frente a las alternativas al uso de quemas abiertas controladas en áreas rurales para actividades agrícolas y mineras, la resolución propone:
- Disponer los residuos y subproducto de cosechas mediante la eliminación o incorporación al suelo, utilizando métodos mecánicos, manuales o químicos.
- Preparar de forma mecánica las áreas para nuevas siembras o actividades mineras que cuenten con instrumento ambiental vigente.
- Revisar los pronósticos meteorológicos emitidos diariamente por el IDEAM, para el control de las heladas en actividades agrícolas dentro de los PMU de las entidades territoriales y adoptar las medidas sustitutivas o complementarias requeridas para la atención de eventuales heladas.
En caso de violación a las disposiciones ambientales contempladas en la presente resolución, las autoridades ambientales competentes impondrán las medidas preventivas y sanciones previstas en la Ley 1333 de 2009 y sus disposiciones reglamentarias, o las que las modifiquen o sustituyan, así como lo previsto en la Ley 2111 de 2021 o aquella que la modifique o sustituya en relación con los delitos ambientales, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan.
Nota: La Unidad de Gestión del Riesgo reportó que el Cuerpo Oficial de Bomberos Manizales, para el mes de marzo, atendió 23 casos por quemas de maleza y basuras, entre otros materiales, en campos agrícolas.