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Secretaría de Salud continúa la verificación de carnés de vacunación y medidas de bioseguridad en establecimientos comerciales

·        La Unidad de Salud Ambiental visita los establecimientos de comercio para verificar el cumplimento de los protocolos de bioseguridad vigentes y el porte del carné de vacunación como exigencia para el ingreso. En 2021 realizaron 4 mil 400 visitas.

Con el objetivo de evitar el contagio y la propagación de la COVID-19, la Secretaría de Salud Pública de Manizales continúa realizando en los establecimientos comerciales visitas de acompañamiento y verificación del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, tales como:

•        Uso correcto y permanente del tapabocas.

•        Lavado constante de las manos.

•        Distanciamiento social de mínimo dos metros entre personas.

•        Limpieza adecuada y ventilación de los espacios.

Angélica Salazar Aristizábal, jefe de la Unidad de Salud Ambiental, de la Secretaría de Salud de Manizales.

“También se verifica el cumplimiento de la exigencia del carné de vacunación o certificado digital de vacunación con esquemas completos (dos dosis) antes de ingresar a establecimientos como bares, gastrobares, restaurantes, cafeterías, casinos y demás lugares que impliquen asistencia masiva”, manifestó Angélica Salazar Aristizábal, jefe de la Unidad de Salud Ambiental de la Secretaría de Salud.

El cumplimiento de esta norma entró en vigencia el 14 de diciembre de 2021 para mayores de 18 años, y desde el 28 de diciembre de 2021 para mayores de 12 años, según lo establece el Decreto 1615, emitido el 30 de noviembre de 2021 por el Ministerio del Interior. Desde la fecha, el equipo de la Secretaría verificó 480 establecimientos, donde se encontró que de 4 mil 300 personas, 300 no contaban con esquemas completos de vacunación. 

Finalmente, la profesional invitó a las personas a seguir cumpliendo las normas de bioseguridad como medida para proteger su salud y la de sus familiares, y de esta forma combatir juntos la COVID-19.

Dato de interés:

·        El cumplimiento de la norma establecida en el decreto 1615 de 2021 está a cargo de los propietarios, administradores de los lugares y organizadores de eventos de asistencia masiva. En caso de falta, la secretaría de Salud hará el reporte ante la Secretaría de Gobierno y posteriormente la Policía Nacional tomará la medida correspondiente (suspender la actividad comercial y/o imponer multas), de acuerdo a la ley 1801 de 2016.

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