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Medidas especiales de movilidad regirán en Manizales durante los días 6, 7 y 8 de agosto por la posesión presidencial

  • La Alcaldía de Manizales adoptó medidas temporales que regulan la circulación de algunos vehículos y el transporte de determinados elementos, con el propósito de contribuir a la preservación del orden público y la seguridad ciudadana durante la jornada del 7 de agosto.
  • Las restricciones incluyen motocicletas con parrillero hombre, vehículos que transporten determinados tipos de carga y la venta de combustibles en recipientes portátiles. Las autoridades realizarán controles para verificar su cumplimiento.

Fotografías: las autoridades de tránsito y de seguridad realizarán operativos en diferentes sectores de Manizales para verificar el cumplimiento de las medidas especiales adoptadas con motivo de la jornada del viernes 7 de agosto

Con motivo de la posesión presidencial prevista para este jueves 7 de agosto, la Alcaldía de Manizales expidió un decreto que establece medidas temporales de orden público con incidencia en la movilidad. La Secretaría de Movilidad invita a la ciudadanía a conocer las principales disposiciones para programar sus desplazamientos y evitar contratiempos.

¿Qué medidas regirán durante la jornada?

1. Restricción para motocicletas con parrillero hombre

  • Horario: desde las 5:00 a. m. del jueves 7 de agosto hasta las 5:00 a. m. del viernes 8 de agosto.
  • Se restringe la circulación de motocicletas con parrillero hombre.
  • También se prohíbe transportar personas en platones, carrocerías o partes externas de los vehículos.
  • La medida contempla las excepciones establecidas en el decreto para organismos de socorro, Fuerza Pública, servicios de salud y demás entidades autorizadas.

2. Restricción para algunos vehículos de carga

Desde las 10:00 p. m. del miércoles 6 de agosto hasta las 5:00 a. m. del viernes 8 de agosto estará restringida la circulación de vehículos que transporten:

  • Escombros.
  • Mudanzas.
  • Cilindros de gas propano.
  • Material pirotécnico.
  • Material reciclable.
  • Madera.
  • Material de río.
  • Piedra.
  • Desechos.
  • Menaje usado.
  • Vehículos cisterna destinados al transporte de gas, combustibles o sustancias peligrosas.

No aplica para:

  • Vehículos de aseo.
  • Vehículos destinados a obra pública.
  • Transporte de oxígeno medicinal y demás excepciones previstas en el decreto.

3. Restricción en la venta de combustible en recipientes

Durante el mismo periodo comprendido entre las 10:00 p. m. del 6 de agosto y las 5:00 a. m. del 8 de agosto, las estaciones de servicio no podrán vender gasolina, ACPM, petróleo u otros combustibles en pimpinas, canecas, barriles, tambores, botellas u otros recipientes portátiles.

Video: el secretario de Movilidad de Manizales, Juan Felipe Álvarez Castro, explica las principales medidas de movilidad que regirán durante la jornada del 7 de agosto.

La Policía Metropolitana y las autoridades de tránsito desarrollarán operativos para verificar el cumplimiento de las medidas establecidas en el decreto y aplicar las acciones correspondientes cuando se presenten incumplimientos.

La Secretaría de Movilidad recomienda:

  • Programar los desplazamientos con anticipación.
  • Verificar si el vehículo que utilizará se encuentra cobijado por alguna de las restricciones.
  • Abstenerse de movilizar materiales o elementos cuya circulación se encuentra temporalmente restringida.
  • Atender las indicaciones impartidas por los agentes de tránsito y la Policía.
  • Consultar los canales oficiales de la Alcaldía de Manizales en caso de requerir información adicional.

Las medidas estarán vigentes únicamente durante los horarios establecidos en el decreto expedido por la Administración Municipal y hacen parte del dispositivo de seguridad previsto para la jornada del 7 de agosto.

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