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Inicia el registro oficial de cuidadores y asistentes personales de personas con discapacidad

  • La Secretaría de Salud Pública de Manizales habilitó el proceso de registro de cuidadores y asistentes personales de personas con discapacidad, con el fin de fortalecer el reconocimiento y acompañamiento a esta población.
  • Cuidadores de personas con discapacidad ya pueden realizar su registro oficial ante la Secretaría de Salud Pública de Manizales, un paso clave para garantizar atención, inclusión y articulación institucional.

Fotografías: cuidadores de personas en condición de discapacidad

La Secretaría de Salud Pública de Manizales informa a la ciudadanía que se encuentra habilitado el proceso de registro de cuidadores o asistentes personales de personas con discapacidad, trámite fundamental para reconocer y visibilizar la labor de quienes brindan acompañamiento y cuidado permanente a esta población.

El registro está dirigido a cuidadores mayores de edad que acompañen a personas con discapacidad que residan en el municipio de Manizales y, busca garantizar que la información sea clara, confiable y actualizada para la adecuada articulación de servicios y programas sociales. Es importante precisar que no podrán registrarse profesionales del talento humano en salud que reciban remuneración por esta labor.

Fotografías: cuidadores de personas en condición de discapacidad

Requisitos generales para el registro

Para realizar el proceso, la persona con discapacidad debe contar con certificado de discapacidad y, el cuidador o asistente personal debe ser mayor de edad. Tanto la persona cuidada como quien ejerce el rol de cuidador deben residir en Manizales o en un municipio cercano, exaltó Claudia Estrada, profesional de la Secretaría de Salud de Manizales.

Audio: con Claudia Piedad Estrada Rueda, profesional de la Secretaría de Salud de Manizales.

Documentación requerida

Para el registro, se deberá presentar la documentación según el caso:

1. Cuidadores de personas con discapacidad menores de edad:

  • Registro civil de nacimiento si el cuidador es padre o madre.
  • Documento legal de representación si es el representante legal.
  • Poder notariado si el cuidador no es padre, madre o representante legal, acompañado del documento que faculte a quien otorga el poder.

2. Cuidadores de personas con discapacidad mayores de edad:

  • Poder notariado si la persona con discapacidad puede expresar su voluntad.
  • Declaración extra juicio si no puede manifestarla, donde se indique el rol de cuidador, el lugar de cuidado y que no recibe remuneración por esta labor.

3. Documento de identidad original del cuidador(a).

Además, es indispensable contar con información completa sobre la dirección de residencia, estrato socioeconómico y nivel de SISBEN de la persona con discapacidad.

Lugar y horario de atención

La solicitud se realiza de manera presencial en el Programa de Discapacidad de la Secretaría de Salud Pública, ubicado en la Torre B, piso 4 de la Alcaldía de Manizales, en el siguiente horario:

Miércoles de 8:00 a. m. a 11:30 a. m. y de 1:30 p. m. a 4:00 p. m.

La Administración Municipal está comprometida con la inclusión, el cuidado y el reconocimiento de quienes dedican su tiempo y esfuerzo a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad en Manizales.

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